Nuevo procedimiento para sustanciar reclamos de consumidores que se consideren en situación de desventaja y vulnerabilidad

    Nuevo procedimiento para sustanciar reclamos de consumidores que se consideren en situación de desventaja y vulnerabilidad


    Se publicó la Disposición 137/2024 del Ministerio de Economía (Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial), en la cual se ha resuelto:

    • Derogar la Resolución N° 139 de fecha 27 de mayo de 2020 de la ex Secretaría de Comercio Exterior del ex Ministerio de Desarrollo Productivo, a los fines de prever sin ambigüedades o falta de precisión los factores que deben ser considerados por la autoridad de aplicación para la determinación del consumidor en situación vulnerable.
    • Se resolvió considerar consumidor en situación vulnerable y de desventaja ‘’a toda persona humana que en atención a su edad, género, condiciones de salud u otras circunstancias sociales, económicas o culturales sea, o pueda ser en forma inminente, pasible de cualquier afectación a sus derechos como consumidor en razón de su particular condición’’.
    • Se estableció un procedimiento especial para sustanciar reclamos de los consumidores que se consideren en situación vulnerable y de desventaja, los cuales tramitarán través del sistema denominado Ventanilla Única Federal de Reclamos (VUF).

    Importante: Las presentaciones que no ameriten su tratamiento bajo los términos de esta norma, serán tratados como reclamos de consumo convencionales.

    • La Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje de Consumo arbitrará las medidas que crea necesarias para una adecuada implementación de la presente disposición.
    • Las autoridades provinciales de aplicación de la Ley N° 24.240, las municipales con competencia en la materia y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrán adoptar las medidas necesarias para replicar los procedimientos previstos para el tratamiento especial de los consumidores en situación vulnerable y de desventaja.

    La presente medida comenzará a regir a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.

    (*) Milagros Denise Tallarico. Abogada graduada de la Universidad Nacional de Lomas de Zamora (UNLZ).  Legal Analytics Universidad Torcuato Di Tella (UTDT). Semi Sr. Associate en Alfaro Abogados.